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Si no puedo pagar la colegiatura ¿mi hijo puede perder el curso?

El pago de la colegiatura es un tema que le preocupa a muchos papás que temen que su hijo pierda el curso escolar. Esto es lo que un experto nos dijo…

Sabemos que la contingencia ha llevado a que muchos padres de familia perdieran el trabajo o sufrieran una reducción en sus ingresos, esto poniendo en aprietos el pago de ciertos servicios como es el caso de la colegiatura de los niños. Para salir de dudas sobre los procedimientos que implican el no pagar la colegiatura o si esto afectará de alguna forma a tus hijos; entrevistamos al doctor en derecho, Alejandro Jiménez Gutiérrez.

No perderá el ciclo si no puedes pagar la colegiatura

En la entrevista a bbmundo, Jiménez Gutiérrez explicó que el artículo 3º constitucional dice que la educación en México debe ser gratuita, laica y ahora, también debe ser de calidad, es decir en los docentes, con los materiales y la infraestructura. Situación que aún no pasa en muchos planteles, en especial en las comunidades donde muchas veces no tienen ni luz y menos internet.

En la cuestión de los planteles particulares, de alguna manera siguen laborando y ofrecen clases online en diferentes plataformas. “Como papá, generalmente cuando inscribimos a nuestros hijos a una de estas escuelas, es porque lo hacemos buscando una mejor calidad en su educación. Y esto lo digo sin menospreciar a los maestros de escuelas públicas. Sin embargo, la infraestructura de las escuelas particulares, muchas veces es mejor”.

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De tal forma que, cuando firmas un contrato con esta institución, pedagógicamete hablando se rige por los lineamientos de la SEP, lo cual incluye un calendario escolar y los libros de texto; sin embargo en el tema económico, la SEP no ha dictado algún comentario respecto al tema con escuelas particulares, menciona el experto en derecho.

La institución que sí ha mencionado es la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y aquí la mayoría de los colegios particulares, están realizando algún convenio para tal vez no cobrar los intereses moratorios por el atraso de las colegiaturas o están manejando algún descuento, con el objetivo de entender que estamos en una emergencia sanitaria que ha venido a trastocar diversos sectores, el educativo pero también el laboral y por lo tanto el económico. Esto ha dejado desempleo masivo que ha tocado a diversas familias.



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Sin embargo, las escuelas no tienen derecho de negar un derecho humano, que es el derecho a la educación, ni a quitar el servicio que les están brindando. Es decir, si un papá no ha podido pagar la colegiatura y su hijo sigue recibiendo clases online, la escuela no puede negarle la clave o el acceso a la plataforma. De hacerlo, existen mecanismos para defenderse de esa arbitrariedad.

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“No pueden quitar los servicios ni retener la documentación. Si el papá perdió el empleo o simplemente está tratando de administrar lo mejor posible ese gasto lo que, probablemente los llevará a no seguir costeando una colegiatura para el próximo ciclo escolar”, confirma el doctor en derecho.

Esto significa darlos de baja y llevarlos a una escuela público, pero ¿qué pasa? Que muchas escuelas privadas usan el truco de decir que como no están al corriente de los pagos, les retienen documentos: certificados de cursos anteriores, acta de nacimiento, entre otros. Lo que entorpece el proceso para la inscripción del curso siguiente.

Ahora, ya establecimos que no pueden retener estos documentos, pero lo que sí pueden es que después de tres meses de no pagar la colegiatura, la escuela da por recibido el contrato de educación, ya después verán cómo cobrar.

¿Qué podemos hacer con la colegiatura?

Yo recomiendo que los padres hablen con las autoridades escolares del colegio de sus hijos. Hay que tener en cuenta que en las escuelas existen tres órganos: la asociación de padres de familia; el consejo de participación social, los que pueden pedir que se disminuya en un porcentaje la colegiatura o se llegue a diferir a pagos. En caso de que esto no ocurra o les retengan los papeles, basta con ingresar al portal de la PROFECO, ya que no podemos acudir personalmente, y presentar la queja.

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En el caso de no tener respuesta podemos dirigirnos al tercer órgano, que es la supervisión escolar, aquella que rige ciertos reglamentos y acuerdos que deben seguir las escuelas particulares, bajo lo establecido con la PROFECO, comenta Alejandro Jiménez Gutiérrez.

Esto es lo que se tiene hasta el momento. El abogado explicó que investigó previamente para poder hacer esta entrevista y no encontró algún pronunciamiento de la SEP; sin embargo, se acercó con la directora de una escuela particular, quien le explicó un documento donde se establece que “acepta la SEP que escuelas particulares, acuerden con los padres de familia, el pago de colegiaturas”.

Además agregó que en un noticiero se dio a conocer que la SEP recomendó que en todos sus niveles se tenga los pagos de los docentes y administrativos, a partir el cobro de colegiaturas. Esto quiere decir que las escuelas particulares le redujeron el pago a los maestros hasta un 30% o 50%. Entonces es una por otra. Escuela no me puedes pedir el pago completo y tú no le pagues completo a los maestros. Cabe aclarar que esto no es para causar conflicto.

El porcentaje de la reducción de sueldos se dio en un con censo de diversas instancias que rigen una escuela particular: dueños, administradores, personal educativo a cargo de la administración, entre otros. Lo cual es entendible porque la baja en el pago de las colegiaturas ha sido sustancial porque muchas personas de repente se quedaron sin sueldo o incluso han perdido su trabajo definitivamente. Entonces esto ha afectado a los ingresos de las escuelas.

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Hay que aclarar que no tiene nada qué ver el desempeño académico del niño, con esta situación y el pago de la colegiatura. Si el niño va bien, nadie podrá trastocar que el niño apruebe el grado, independientemente de que el papá pueda o no pagar la colegiatura. Y tampoco se les puede expulsar y menos se les puede prohibir presentar el examen para su evaluación.

Cuando la PROFECO recibe una queja, la institución debe notificar al colegio que hay una queja y que se puede llevar a cabo una audiencia de conciliación que generalmente se llevan a cabo de manera presencial.

Lo que sí está regulado es que una escuela cierre definitivamente y ocasione que los niños pierdan papeles o incluso el curso escolar. Esto sí llevaría a un incumplimiento de las instituciones grave, comentó el doctor en derecho, Alejandro Jiménez Gutiérrez.

Un padre de familia puede pedir tiempo a las autoridades escolares, si se está viendo afectado por estas cuestiones de la pandemia. En el caso de los padres morosos, no es ético que nos agarremos de esto para seguir debiendo dinero o ya no querer pagar lo que previamente se debía antes de entrar en cuarentena.

Si eres un papá que se encuentra en una situación complicada, puedes acercarte con el experto:
Alejandro Jiménez Gutiérrez
Mail: capitanfuria007@gmail.com
Facebook: @JyJLegalOficial
Twitter: @jyjlegal
YouTube: Alejandro Jiménez

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